jueves, 12 de junio de 2014

Por fin!!! si una empresa no paga su deuda impositiva, el director es corresponsable

Una vez pasados quince días de que la AFIP haya notificado a una empresa por una deuda impositiva, su director será considerado responsable solidario por el monto adeudado. El criterio, que ya estaba vigente en el país, fue ratificado por un fallo de la Corte Suprema.
En la provincia de Buenos Aires, la agencia ARBA puede intimar en el mismo momento al responsable principal de la deuda y a su responsable solidario. A nivel nacional, la AFIP tiene una limitación para hacerlo: primero debe reclamar a la empresa y recién cuando hayan pasado los quince días que tiene para saldar la deuda puede avanzar contra su director.

En el llamado caso Bozzaro, la entidad recaudadora a nivel nacional cumplió con todos esos pasos, pero el director de la empresa Carnes Santa María S.A. apeló a la Justicia alegando que no correspondía que se lo hiciese corresponsable por la deuda que la compañía tenía por IVA e Impuesto a las Ganancias.
La Corte Suprema rechazó ese criterio y recordó que debe regir a todas las normas: "Cuando una ley es clara y no exige mayor esfuerzo interpretativo no cabe sino su directa aplicación". Los magistrados señalaron que la normativa no exige que haya una sentencia firme contra la empresa, sino "únicamente que se haya cursado a éste la intimación administrativa de pago y que haya transcurrido el plazo de 15 días".
Fuente: http://www.infobae.com/2014/06/12/1572282-lo-ratifico-la-corte-si-una-empresa-no-paga-su-deuda-impositiva-el-director-es-corresponsable

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