martes, 5 de agosto de 2014

El Gobierno promulgó la ley que crea el registro nacional "No llame"

El registro nacional "No Llame" contempla a "toda persona fí­sica o jurí­dica titular o usuario autorizado del servicio de telefoní­a en cualquiera de sus modalidades que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artí­culo 27 de la ley 25.326", indica el texto aprobado por el Congreso.
Tanto la inscripción como la baja del mismo será "gratuita y debe ser implementada por medios eficaces y sencillos".
"La baja sólo puede ser solicitada por el titular o usuario en cualquier momento y tendrá efectos inmediatos", aclara la norma.
Las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios "no podrán dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro Nacional `No Llame` y deberán consultar las inscripciones y bajas producidas en el citado registro con una periodicidad de treinta (30) dí­as corridos a partir de su implementación".Quedan exceptuados de la normativa las campañas de bien público; las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población; las campañas electorales; y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del ví­nculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación.

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