La normativa vigente en el Impuesto a las Ganancias establece que para las personas físicas (para las empresas esta siempre alcanzada) la ganancia por la compraventa de acciones esta exenta del impuesto cuando se trate de valores que coticen en mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). En este caso, el megaproyecto de ley viene a ampliar la exención al establecer que también estará exenta la ganancia producida por la compra venta de acciones en mercados del exterior. Puntualmente, el proyecto establece que "quedan incluidos en la exención los resultados provenientes de la enajenación de los certificados de depósito en custodia (ADR), y las cuotas y participaciones sociales, títulos y bonos, y demás valores, que coticen en bolsas o mercados de valores del exterior".Mediante esta modificación se equipara el tratamiento tributario respecto de las rentas que las personas físicas y las sucesiones indivisas residentes en el país obtienen por la enajenación de títulos que cotizan en cualquier bolsa o mercado.
Fuente:http://www.forosdecontadores.com.ar/viewtopic.php?f=24&t=3496
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