“Es un fallo de época -protestó Hugo Yasky, titular de la CTA de los Argentinos-, un retroceso tomando como referencia la propia ley sindical argentina y los tratados internacionales a los que en fallos anteriores este mismo tribunal se remitió a favor de los trabajadores. Son normas, igual que las del Mercosur, que ponen como titulares del derecho a huelga tanto a trabajadores como sindicatos”. Entre las consecuencias posibles, Yasky señaló a Página/12 que “en un conflicto en que una asamblea convoca una huelga, si no cuenta con el aval del sindicato puede ser considerada ilegal por las patronales, y dar lugar a un despido con causa. El fallo está desguarneciendo a los trabajadores en hipotéticas situaciones de conflicto, en que el sindicato no va en el mismo sentido que los trabajadores”. El secretario de la CTA Autónoma Pablo Micheli, sostuvo en el mismo sentido que el fallo es regresivo “en un momento tan difícil para los trabajadores”, “tanto en la Argentina como en el mundo, los patrones y los gobiernos antidemocráticos cuestionan el derecho a huelga, incluso en el marco de la OIT”.
El constitucionalista Gustavo Arballo sostuvo que “el fallo tiene una hermenéutica regresiva; impacta sobre el sistema sindical porque su visión formalista obtura a grupos que estén al margen la estructura gremial; e ignora la vida real donde miles de medidas de fuerza de alta o baja intensidad surgen espontáneamente”. “Esto empodera a la burocracia sindical y al Estado que maneja el sistema de asociaciones”, agrega Arballo. El camarista laboral Enrique Arias Gibert alertó a Página/12: “el criterio sustantivo de la Corte es la más grave afectación de la libertad sindical desde la democracia. Sólo los jueces de la dictadura ratificados en democracia sostuvieron esa posición. Contradice la Declaración Internacional de Derechos Humanos e incluso la ley de asociaciones sindicales, así como la doctrina de la propia Corte”.
Fuente:http://www.24con.com/nota/149180-para-la-justicia-solo-los-gremios-tienen-el-derecho-a-huelga/;http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-301266-2016-06-08.html
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